Los Despachos.

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miércoles, 31 de agosto de 2011

La Reforma Constitucional, ¿Delito de lesa Patria? ó ¿Delito de lesa Humanidad?

Partiendo de la base de cuarenta millones de personas aproximadamente que vivimos en España, siendo Humanos y también Patriotas.

En los puntos 1 y 2 del nuevo artículo 135 propuesto para la constitución, se renuncia a la soberanía económica a partir del año 2020, (tal y como consta en la disposición adicional única). En el punto 4 del artículo se establece la flexibilidad y en el punto 5 se establece la referencia al desarrollo de los números en una ley aparte.


Pero en ningún momento se habla del punto 3 que entrará en vigor en el mismo momento en que se publique en el B.O.E. esta modificación. Es de vital importancia, este aspecto, porque lo recogido en él deja los inconvenientes del resto de la modificación en algo anecdótico, a la vez que representa el exponente máximo imaginable de la entrega de un país y de la totalidad de los ciudadanos. Trataré de explicar lo mejor que pueda en qué consiste este punto, y por tanto rogaré que se hagan todas las dudas posibles, y por supuesto la máxima difusión.


En este punto nos encontramos con varios aspectos, y hoy voy a tratar el más grave que está en la siguiente frase que nos viene a decir: “Los créditos para satisfacer los intereses y el capital de la deuda pública de las Administraciones se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de sus presupuestos y su pago gozará de prioridad absoluta”.


A pesar de que todo el mundo está obviándolo responde a una realidad muy diferente al techo de gasto. Y para entenderlo voy a usar también el símil de la familia. A cualquier familia o persona le podemos preguntar: ¿Cuánto puedes ahorrar al año?. La diferencia que hay entre los ingresos y los gastos nos dará una información y sobre este punto va el techo de gasto.


Pero hay otra cuestión que le podemos preguntar a una familia: ¿De cuánto dinero puedes disponer ahora mismo?. Evidentemente los ingresos y gastos de una familia a lo largo del tiempo, al igual que los acontecimientos, influyen sobre la respuesta, pero no la determinan.


Que cada cual se haga las dos preguntas y entenderá las diferencias. En el caso de los estados, la situación es la misma. Por un lado nos encontramos con los ingresos y gastos del ejercicio y por otro lado con la situación financiera en este momento, que dependerá evidentemente de la situación del país, pero también de los mercados financieros y otras variables. (Supongo que todo el mundo a la pregunta de ¿Cuánto dinero puedo conseguir contesta distinta cifra hoy que en 2004?).


En el caso de los estados, además tenemos un problema adicional y es el plazo corto de emisión. Se financia a un plazo mucho menor que las familias y de esta forma, para entendernos es como si una familia tuviese que ir pidiendo la hipoteca todos los años. Esto supone que ante un “cierre de grifo”, las familias no pueden obtener financiación, pero en el caso de los estados (también en el caso de las empresas y sobre todo de los bancos), significa que no se puede “renovar” la financiación. En definitiva, Un cierre de mercado para los estados implica necesariamente la suspensión de pagos, porque necesita financiar cada año el déficit más el dinero previo. O dicho de otra forma, el cierre de los mercados es similar a la situación en la que una familia se puede encontrar si una entidad financiera decide, (si pudiera) cancelar de golpe e improviso su hipoteca.


Pues lo que nos está diciendo este artículo es que según la constitución, en el caso de que el gobierno de España presente suspensión de pagos, no podrá realizar ningún pago mientras no haya pagado la totalidad de la deuda e intereses pendientes. Y en este sentido esto significaría que ante la entrada en una situación de default, en la constitución aparece que no se podrían pagar pensiones, nominas de funcionarios, prestaciones de desempleo, facturas a las empresas. Absolutamente nada, sin ningún tipo de excepciones y durante el tiempo que transcurra hasta que se pague todo, (que sería el infinito porque en esta situación lo que es un problema grave financiero se convertiría la destrucción literal del estado).


Las razones de esta imposición a España, (no es posible imaginar que una traición de este calibre surja de forma espontánea) la podemos buscar en los principios de esta crisis, el gobierno de Islandia se obligó a respaldar los activos de los dos grandes bancos del país, que evidentemente acabaron cayendo, de tal forma que finalmente el gobierno de Islandia decidió presentar suspensión de pagos, (además de otras medidas). Hoy Islandia está saliendo de la crisis, pero apenas se habla de ello, mientras se habla de Irlanda que está completamente quebrada porque hizo exactamente lo contrario. Por supuesto Islandia ha ocasionado un problema, mientras que Irlanda aún no ha ocasionado ninguno, (para los bancos se entiende).


Para entender la importancia de este punto, tenemos que tener también la posibilidad de que esto ocurra; y para esto tenemos que tener en cuenta varios aspectos:


Resulta que tenemos un acuerdo de la unión europea, mediante el cual cada país está obligado a rescatar sus bancos, (La situación de Irlanda viene precisamente de esta casuística, y en el acuerdo del rescate a Grecia y Portugal, consta específicamente la obligación de aportar a sus bancos todo cuanto capital necesiten). Esto lo unimos a una caída vertiginosa de la banca europea en general (de la cual la Española no es inmune, y es especialmente grave sobre todo teniendo en cuenta que sólo Banco Santander tiene un pasivo mayor que el PIB de España). Lo complementamos con la barra libre para la especulación con deuda pública, CDS; y aderezamos la situación con unas agencias de rating que tienen el poder de tumbar estados y el resultado es espectacular. Por supuesto el poder de la banca sobre el estado, en caso de que se apruebe esta modificación, será simplemente indescriptible.


Estamos en una situación en la que cada subasta del tesoro es una emoción y nos decidimos introducir una condición que supone que cualquier problema, supone la inmediata destrucción del estado para dar garantías a la banca.


Pero más allá de lo que no puede ser calificado como un acto de traición, lo más asombroso del caso sería el probable caso que nos encontrásemos con una situación en la que España cae porque tiene un volumen de deuda ingente, que en gran parte destina o destinará a prestar a Entidades financieras, (¿recordamos aquello de “a los bancos no les hemos ayudado, sino que les hemos prestado a cambio de beneficios?), para que estas compren deuda.


Pues constitucionalmente nos encontraríamos con que los bancos podrían no pagar por presentar suspensión de pagos, (como ha hecho Banco Santander cuando los participes del fondo inmobiliario reclamaron su dinero), mientras el estado desaparezca. Es decir; si un gobierno le deja 100 a un banco, que a su vez le deja 100 al gobierno; el banco podrá acogerse a la normativa y no pagar, mientras el estado desaparecería.


En marzo se presentó el proyecto de la reforma de ley concursal, que otorgaba un poder a la banca en los procesos de concurso que entonces me parecía delirante ya que afirmaba legalmente que en los concursos, decidían los bancos y el resto de acreedores, no podía ni opinar. No creía que se pudiese superar.


Pero aún no me puedo creer que nuestros políticos intenten poner en la constitución el fin del estado. A veces creo que estamos hablando de un mal sueño. El hecho de que lo hagan por orden de Merkel, para salvar a sus bancos, en una semana, en agosto, con mentiras, engaños, omisiones y discursos de “fin social” y sin permitir a la gente opinar, (¿Cómo lo van a permitir?), solo puede ser calificado como traición.


SE VA A PAGAR DEUDA ANTES QUE SALARIOS, PENSIONES, INVERSIONES.

domingo, 28 de agosto de 2011

Soluciones a la crisis / Keynes y El keynesianismo. "No ve quien no quiere"

Lord John Maynard Keynes (1883-1946)), economista británico, sostenía ya en 1913 que el liberalismo económico de corte clásico necesitaba adecuarse a las circunstancias económicas y sociales del nuevo siglo, Cuales el Siglo XIX, el XX, el XXI, o piensan que estamos en la edad media..

Esa afirmación la sistematizaría en su obra “Teoría general sobre el empleo, el interés y el dinero”, publicada en 1936. En ella analizaba las causas de la depresión mundial y proponía una serie de recetas para solventarla. Aseguraba que el motor de la economía habría de sustentarse en la adecuada relación entre la oferta y el consumo, pues de ella dependían los beneficios empresariales y la inversión.

Según Keynes la crisis de 1929 había retraído la demanda y era necesario estimularla de alguna manera, generando una demanda adicional que tirase de la producción. Las medidas no intervencionistas de los estados capitalistas no habían logrado tal objetivo. Abogaba por tanto por una activa intervención del Estado que restableciera el equilibrio entre oferta y demanda.

Básicamente proponía lo siguiente: "Esto es de libro" "Los economistas liberales o neoliberales lo califican de perogrullo, según interes personal."

1º)Desarrollar una política de inversiones estatales en obras públicas ( Autovias, carreteras, ferrocarriles, Centros Educativos, pantanos, etc.) que sirviese de estímulo a la iniciativa privada a través de la demanda de cemento, hierro, componentes industriales, etc. La mano de obra empleada en estas actividades aminoraría el desempleo, incrementaría la masa de consumidores y estimularía la actividad económica. "Infraestructura, para apoyar la superestructura o armazón del Estado"

2º)Poner en circulación abundante dinero con el fin de estimular una moderada inflación. El peligro de una alta tasa de inflación sería inexistente en tanto el paro fuese elevado.

Es el alza del nivel de precios. Éstos se alejan cada vez más del poder adquisitivo de los salarios, por lo que, en casos graves, puede llegar a constituir un serio problema social. Sucede en el día de hoy, de ayer y a este paso el de mañana.

La inflación se produce por el desequilibrio entre la oferta y la demanda de productos y servicios. Una fuerte inflación tiene efectos muy negativos sobre la economía. Los trabajadores de los países que la padecen observan con impotencia cómo sus salarios(1) ven mermada su capacidad de compra.

El encarecimiento de los productos, hace que las industrias pierdan competitividad y mercados. Las empresas de un país con alta inflación se ven obligadas a prescindir de los servicios de sus empleados -que quedan en paro e incluso a cerrar. El sistema productivo entra en recesión.

Un ejemplo de inflación de grandes proporciones, o lo que es lo mismo, de hiperinflación, fue la sufrida por Alemania durante la segunda década del siglo XX, una de las consecuencias de la Primera Guerra Mundial.


3º)Incrementar los salarios. La reducción de los salarios como medida para mantener el empleo (defendida por los economistas clásicos) fue refutada por Keynes quien aseguraba que el empleo no dependía de los salarios sino del consumo y la inversión. Una disminución de los sueldos de los trabajadores provocaría un retraimiento que deprimiría el consumo y en consecuencia, la producción.

4º)Intervenir en todos los sectores económicos, regulando la fijación de precios, salarios, mercado laboral, concediendo subvenciones a las empresas, etc.

Keynes abogó por el abandono de la ortodoxia del "laissez-faire" que había guiado el capitalismo del siglo XIX y propuso un mayor protagonismo del Estado en la vida social y económica. Fue precisamente lo que mediante el New Deal puso en práctica en Estados Unidos el presidente F. D. Roosevelt a partir de 1933.

Derrotados los republicanos, siempre han sido de ideas fijas o piñon fijo en las elecciones de 1932, el nuevo presidente, el demócrata F. D. Roosevelt diseñó una serie de medidas tendentes a resolver la grave depresión en que se encontraba sumida la economía norteamericana.

Las disposiciones que implementó durante los primeros cien días de su mandato tuvieron continuidad a lo largo de varios años y recibieron el nombre de “New Deal” ("Nuevo trato o nuevo reparto"). Texto

Las actuaciones se encaminaron a poner fin a la postración de los más de 12 millones de parados estadounidenses. Para ello consideró prioritario fomentar la demanda e incrementar el consumo como medios para reactivar la producción.

Dos fueron las vertientes esenciales del New Deal:

Medidas económicas La económica

Abordó los siguientes problemas:

Financiero

Se potenció un mayor control del Estado sobre los bancos (Banking Act. de 1933), y se exigió un aumento de sus reservas a fin de garantizar su solvencia. Se estimuló la concesión de créditos destinados a la inversión empresarial. Se promulgó además la Ley de Obligaciones Federales con el fin de proteger a los inversores de posibles fraudes.
El dólar fue devaluado un 41% frente a otras monedas extranjeras para facilitar la exportación de los productos americanos.

Arriba

Industrial

La National Industrial Recovery Act de 1933 potenció las subvenciones a la industria con el objetivo de estimular su recuperación. Se pusieron en funcionamiento gigantescos proyectos de obras públicas (carreteras, pantanos, etc) a través de la Publics Works Administration, WPA (1935). Este organismo colaboró con la Tennessee Valley Authority (1933), destinada a la colonización e industrialización del valle del río Tennessee, iniciativa de una serie de empresas públicas por medio de las cuales se construyeron embalses, centrales hidroeléctricas y se reforestaron extensas áreas. Esta actividad dio empleo a más de 3 millones de trabajadores.


Agrícola

A través de la Agricultural Ajustment Act (AAA de 1933) se buscó la recuperación del campo, siendo objetivo primordial la disminución de la producción, ya que la sobreproducción que se arrastraba desde la década de los 20 había hundido los precios y los beneficios de los agricultores. Esa reducción se consiguió a cambio de una indemnización recibida por los agricultores. El resultado que se obtuvo de la disminución de las cosechas fue la subida de los precios. En tres años se consiguieron duplicar las rentas agrarias.

La social

Intervino en los siguientes campos:

Laboral:

Por medio de la National Labor Relations Act se regularon las relaciones entre patronos y obreros, reglamentando un salario mínimo y la jornada horaria máxima. Con la disminución del paro, la fijación del salario mínimo y la tendencia al alza de los sueldos, se creó una masa de asalariados con cierto poder adquisitivo que multiplicó la demanda en unos momentos en que la producción estaba muy necesitada de estímulos.

Asistencial:

Se impulsó una legislación destinada a corregir las desigualdades sociales más flagrantes del capitalismo.
Mediante la Social Security Act, se creó el primer sistema federal de seguro de desempleo y de pensiones


Resultado del New Deal

Si bien los propósitos del presidente Roosevelt de romper la tendencia recesiva se cumplieron, el balance final de su plan no agotó la totalidad de los objetivos marcados.

La actividad anterior a la crisis del 29 nunca llegó a recuperarse, esto ocurrió cuando la intervención en la Segunda Guerra Mundial obligó al país a poner en marcha toda su energía productiva a fin de atender la demanda de bienes de guerra.
El aumento de las inversiones públicas fue extraordinario, pero no fue tan elevado en la iniciativa privada.
El paro continuó siendo elevado. En 1937 afectaba a más de 7 millones de ciudadanos.
Alimentó las suspicacias de determinados sectores económicos y políticos conservadores que veían en el New Deal aspectos excesivamente "socializadores" que atentaban contra la tradición americana de libre empresa. En este sentido, algunas de las principales medidas que propuso Roosevelt (como la Agriculture Adjustment Act) fueron anuladas por el Tribunal Supremo.

Con todo, el New Deal palió los efectos de la depresión, recuperó parte del empleo y creó un ambiente de optimismo, inexistente desde el crack de 1929. Roosevelt, su impulsor, obtuvo la reelección a la presidencia en varias ocasiones.

(1)
Tabla Salarial Minima Interprofesional Europea. A 17 Agosto de 2011.

SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL EN EUROPA:

Luxemburgo:. . . . . 1.750 €
Irlanda: . . . . . . 1.653 €
Bélgica: . . . . . . 1.389 €
Holanda: . . . . . . 1.385 €
Francia: . . . . . . 1.350 €
Reino Unido: . . . . 1.005 €
España:. . . . . . ... 641,40 €

Y los parlamentarios españoles, en el Parlamento Europeo, ganando igual que los de estos países citados... y que daneses, etc.
Dime si no te sientes la última ...... más discriminada de Europa.
Busque compare y si encuentra algo mejor... ... ...y para colmo los precios mas altos de europa en ADSL (+20%) en pan, cereales, lacteos, vivienda, los servicios, etc. y encima el MAFO Miguel Ángel Fernandez Ordoñez (BANCO DE ESPAÑA) y la CEOE que hay que rebajar los salarios.


Parece ser que no se ha aprendido nada desde el Siglo XIX hasta el Siglo XXI que es en el que estamos ó no, vendra alguien a decir que no es cierto.