Miguel
Ángel López Muñoz
30 de abril de 2013
Asistimos a otra
inminente claudicación del Estado que llaman “aconfesional”
frente a la presión que ejerce la Conferencia Episcopal
española (CEE) sobre el poder político en relación a la
modificación de las disposiciones legales sobre la interrupción del
embarazo. Una vez más uno de los miembros de la partitocracia
española del consenso siente la necesidad de pagar sus
réditos electorales a la Iglesia católica, resultado del temor más
que de la convicción. Su cálculo del coste electoral no sería de
otra forma positivo. En una parodia de sí mismo, incluso, el
secretario general de la CEE no pierde oportunidad para burlarse del
lenguaje, de la lógica y de los ciudadanos al defender que la
Iglesia “ni legisla ni pretende legislar”, sino que demandar la
reforma del aborto por parte de los obispos no es sino expresar
públicamente “un principio de la moral racional” compartido “por
creyentes y no creyentes”. ¡Cuánto descaro hablar de “moral
racional” cuándo se trata de imponer socialmente la única
verdad existente: la suya! ¡Cuánta añoranza de la Cristiandad
y del integrismo del humanismo cristiano con sus valores de castidad,
sufrimiento, sacrificio, mansedumbre, resignación y negación!
Con la misma necesidad
con la que la araña atrapa a la mosca envuelta en su tela, es
entretenido a la vez que triste, ver cómo el cortoplacismo de la
ambición política de baja estofa, por muy demócrata que se
arrogue, sucumbe en los contextos propicios a la invectiva clerical
de siglos contra la secularización y el racionalismo moderno ajeno a
sus pretensiones de dominio sobre el poder político y, por ende,
sobre el conjunto de la sociedad: libertad sexual, anticoncepción,
aborto, divorcio, eutanasia, derechos civiles, etc.
No obstante, en la
España actual de forma paralela asistimos a otra ofensiva clerical y
de mayor alcance, tanto en el tiempo como en su repercusión en la
estructura social: el afianzamiento de la educación religiosa en el
ámbito escolar, frente a la enseñanza laica, científica y
formadora de ciudadanos y no de fieles. Aquí los lobbies no lo
forman fundamentalmente la Conferencia Episcopal, sino el ala seglar
de la estrategia evangelizadora en educación de la Iglesia, aquella
que se fundó con el fin de frenar la ola de emancipación laica y de
afirmación de la libertad de conciencia que se avecinaba de forma
irremediable en España a finales de la década de los años veinte
del siglo pasado…
Primero fue
la Confederación Católica Nacional de Padres de Familia y
padres de Alumnos (CONCAPA), fundada en 1929 y, después,
la Federación Española de Religiosos de la Enseñanza -
Centros Católicos y Educación y
Gestión (FERE-CECA y EyG), refundada en 2004,
originaria de 1957, y heredera de la Federación de Amigos de
la Enseñanza, creada de 1930 en la antesala de la Segunda
República con el fin de “atender las necesidades de los colegios
católicos ante situaciones políticas cambiantes”, según se decía
en sus Estatutos. La FERE es la patronal de las Escuelas
Católicas y artífice, junto a la CONCAPA, de todas las
conquistas que, desde la redacción de la propia Constitución de
1978 han conseguido fortalecer el poder clerical en la escuela,
proveniente tanto del nacionalcatolicismo de la Dictadura de Franco
–al que tanto contribuyeron-, como del bipartidismo de la
restauración monárquica de 1876. Los principales hitos de sus
respectivas andaduras fueron la consolidación de todos privilegios
conseguidos durante el franquismo a través tanto de la Constitución
de 1978 –por medio de su garantía de la “libertad de
enseñanza” y su salvaguarda del régimen de subvenciones a las
escuelas “de iniciativa social” (arts. 27.1, 27.3, 27.6 y 27.9)-,
como de la Ley Orgánica del Derecho a la Educación de
1985, que establece las condiciones de los conciertos educativos para
conseguir las subvenciones públicas y su derecho a tener “ideario
propio” (Arts. 21-26 y 47-63).
Al abrigo de estas dos
organizaciones han ido surgiendo asociaciones de personas que
imparten religión católica en la escuela, como la Federación
de Profesores de Enseñanza Religiosa, un parafuncionariado
esquizofrénico entre la Comisión Episcopal de Enseñanza y
Catequesis, que los despide y utiliza según su antojo, -al mismo
tiempo que viola la legalidad vigente española- y su aspiración
profesional de conversión a funcionariado por la puerta trasera,
cautivados por el apostolado seglar de su proselitismo recatolizador
en la educación pública que lo convierten en un ejército de
estómagos agradecidos preparado para asistir al frente al toque de
trompeta.
No obstante, no hay que
perder de perspectiva de donde viene todo el impulso ultramontano del
poder clerical en su búsqueda de someter y controlar las conciencias
de los menores de edad en períodos de escolarización obligatoria y
postobligatoria, en su deseo de crear fieles y acólitos gregarios y
sumisos a sus dogmas de legitimación y a su retórica medieval: del
negocio del que se beneficia FERE y que utiliza CONCAPA y FEPER con
cargo al erario público, exactamente 610 millones de euros en
“profesorado” de religión católica –entre educación pública
y concertada-, más 4.000 millones de euros en financiación de
Centros con “ideario propio” católico; sólo en el último año
escolar.
Con el fin de
desenmascarar la violencia que ejercen contra el lenguaje, la
economía pública y la imparcialidad del Estado en asuntos de
conciencia, habría que comenzar por crear un diccionario que permita
dar cuenta del contenido real de los eufemismos que utilizan en sus
soflamas estas organizaciones católicas. Sirva como propuesta las
siguientes definiciones:
- Actividades Deportivas en horario extraescolar: oportunidad de negocio y extensión del horario escolar como reclamo que permita la liberación a los padres cuyos compromisos profesionales les impidan ocuparse de sus hijos.
- Ayuntamiento: fuente de subvenciones derivadas, o bien de su condición de arrendador del edificio del Centro, o bien de su condición de entidad pública que debe velar por el bienestar de todos los ciudadanos.
- Centro con ideario propio: Centro donde toda actividad escolar o extraescolar queda interpretada bajo los dogmas y las consignas católicas del momento; por ejemplo, Educación para la Ciudadanía se interpreta como un área impartida bajo el prisma católico al margen de su currículo oficial, pues nada puede contradecir el ideario propio (esto se produjo en 2007 con el beneplácito del pusilánime e irresponsable gobierno de J.L.R. Zapatero). Todo ello dejando a un lado que todo Centro educativo, público, concertado o privado, en su autonomía pedagógica, está obligado a fijar unos fines específicos o ideario propio que lo singulariza del resto a través de su Proyecto Educativo.
- Derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones: Mandato constitucional que obliga a que los poderes públicos lo garanticen en horario escolar, en los Centros educativos y con dinero público.
- Educación obligatoria gratuita: oportunidad de los padres para mejorar el servicio educativo de sus hijos mediante módicas y/o regulares aportaciones económicas.
- Evaluación externa: oportunidad para maquillar los resultados y superar a la Educación Pública presumiendo del buen alumnado que tienen, ya sea filtrando las pruebas previamente al alumnado (Pruebas de Evaluación de Diagnóstico), o ya sea “acertando” el contenido de exámenes (Selectividad), siempre que los resultados obtenidos se sospeche que pueden deteriorar la imagen de la empresa escolar.
- Libertad de elección de Centro: libertad que ostentan los Centros para elegir y segregar a los alumnos en función de su estratificación social y del ideario de los padres.
- Libertad de enseñanza: libertad para atender todo tipo de demanda de enseñanza, incluido el adoctrinamiento y la defensa de la apología de la violación de las leyes civiles, así como la libertad para crear centros cuyo estatuto viole la normativa vigente respecto a segregación de alumnos por motivos de capacidad, procedencia o sexo.
- Proceso de admisión de alumnos: oportunidad de los Centros para la segregación del alumnado, especialmente si es inmigrante o requiere una atención especializada, caso en el que su lugar se encuentra en la Educación Pública.
- Ratio mínima: criterio que existe en la Educación Pública para la creación de grupos. Su incumplimiento regular a lo largo de los años es susceptible de ocultamiento a las Administración Pública que tiene la potestad de conceder y suprimir conciertos educativos en función de este motivo.
La existencia de
creencias religiosas y su legitimidad de ser trasmitidas no puede
suponer la posesión del derecho a subvertir la educación de la
ciudadanía como proyecto colectivo en aras a un proselitismo que
anula la libertad de conciencia y la igualdad jurídica. La pésima
gestión jurídica y política que arrastramos desde la restauración
de la democracia en España, se encuentra particularmente pervertida
en el ámbito educativo, sometido al abandono de los deseos de los
lobbies empresariales católicos. Ante las expectativas que abre el
anteproyecto de Ley Orgánica de Mejora de la Calidad de la
Educación (LOMCE) ya suenan tambores de “nueva
evangelización para una nueva escuela” que supondrá una
profundización en la herencia nacionalcatólica. Con su calendario y
su ordenamiento oportuno, el restablecimiento de la protección de la
libertad de conciencia y de la no discriminación, sólo tiene un
camino: adivina adivinanza…
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